6. AGUA LIMPIA Y SANEAMIENTO

La Fiscalía investiga un campo de golf de La Moraleja por un delito contra el medio ambiente de uso ilegal de agua – EL PAÍS

La Fiscalía investiga un campo de golf de La Moraleja por un delito contra el medio ambiente de uso ilegal de agua – EL PAÍS
Written by ZJbTFBGJ2T

La Fiscalía investiga un campo de golf de La Moraleja por un delito contra el medio ambiente de uso ilegal de agua  EL PAÍS

 

Informe sobre la Investigación de la Gestión Hídrica en el Campo de Golf Park y su Impacto en los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)

1. Introducción y Contexto de la Investigación

La Fiscalía ha iniciado diligencias de investigación sobre el campo de golf “Golf Park”, ubicado en la zona de La Moraleja (Alcobendas), ante la presunta utilización de captaciones ilegales de agua y excesos en los volúmenes de extracción autorizados. La investigación, derivada de una denuncia de la asociación Ecología y Libertad, pone de manifiesto un posible conflicto entre intereses privados y la gestión sostenible de recursos hídricos, un pilar fundamental de la Agenda 2030.

  • Entidad investigada: Golf Park Entertainment SL.
  • Hechos investigados: Presuntas captaciones ilegales de agua subterránea y superación de los límites de extracción concedidos por la Confederación Hidrográfica del Tajo.
  • Actores implicados:
    1. Fiscalía de Medio Ambiente y Urbanismo.
    2. Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil (Seprona).
    3. Asociación denunciante: Ecología y Libertad.
    4. Confederación Hidrográfica del Tajo (CHT).
    5. Ayuntamiento de Alcobendas, sobre el que pesa una acusación de presunta prevaricación ambiental omisiva.

2. Implicaciones para el ODS 6: Agua Limpia y Saneamiento

El caso representa una amenaza directa para la consecución del ODS 6, que busca garantizar la disponibilidad y la gestión sostenible del agua para todos. La presunta extracción ilegal de agua subterránea socava directamente varias de sus metas.

  • Gestión insostenible de los recursos hídricos (Meta 6.4): La denuncia señala una discrepancia crítica entre el volumen de agua autorizado (7,000 m³ anuales) y el requerido para el mantenimiento de las instalaciones (estimado en 29,441 m³ anuales). Este déficit sugiere una sobreexplotación de acuíferos no autorizada, contraviniendo los principios de eficiencia y sostenibilidad en el uso del agua.
  • Fracaso en la implementación de la gestión integrada (Meta 6.5): El proyecto contemplaba el uso de aguas regeneradas de la EDAR de Arroyo la Vega como solución definitiva, una práctica alineada con la economía circular y la gestión hídrica sostenible. Sin embargo, esta medida nunca se implementó, y la CHT confirma que el riego de campos de golf no está entre los usos permitidos para dicha estación, evidenciando una falta de planificación y gestión integrada de los recursos.

3. Conflicto con el ODS 12: Producción y Consumo Responsables

El elevado consumo de agua para el mantenimiento de instalaciones recreativas de lujo, como un campo de golf, plantea un serio cuestionamiento sobre los patrones de consumo, un eje central del ODS 12.

  • Uso no prioritario de recursos hídricos: La normativa clasifica el consumo de agua para campos de golf como “uso industrial” no prioritario. En un contexto de creciente estrés hídrico, destinar volúmenes masivos de agua, presuntamente obtenidos de forma ilegal, a una actividad de ocio representa un modelo de consumo insostenible que no prioriza las necesidades ecosistémicas ni humanas.
  • Falta de transparencia corporativa: La opacidad denunciada por organizaciones ecologistas respecto al origen y volumen de agua utilizada por estas instalaciones impide una evaluación pública y una rendición de cuentas sobre su impacto ambiental, contraviniendo los principios de responsabilidad y sostenibilidad empresarial promovidos por el ODS 12.

4. Vulneración del ODS 11 y ODS 15: Ciudades Sostenibles y Ecosistemas Terrestres

La gestión del campo de golf también impacta en los objetivos relacionados con la sostenibilidad urbana y la protección de los ecosistemas.

  • ODS 11 (Ciudades y Comunidades Sostenibles): Parte de las instalaciones se ubican en terrenos de titularidad municipal. La presunta permisividad ante una gestión hídrica irregular en suelo público pone en duda el compromiso de la administración local con la creación de entornos urbanos sostenibles y resilientes.
  • ODS 15 (Vida de Ecosistemas Terrestres): La extracción no controlada de aguas subterráneas puede provocar el agotamiento de los acuíferos, afectando gravemente a los ecosistemas terrestres que dependen de ellos y alterando el ciclo hidrológico local.

5. Actuaciones Institucionales y el ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas

La respuesta de las instituciones es clave para garantizar el cumplimiento de la ley y la protección ambiental, tal como lo promueve el ODS 16.

  1. Acción de la Fiscalía y el Seprona: La apertura de diligencias de investigación refleja el funcionamiento de las instituciones judiciales y policiales para perseguir posibles delitos medioambientales.
  2. Rol de la Confederación Hidrográfica del Tajo: La CHT ha actuado abriendo un nuevo expediente de denuncia tras una inspección reciente que detectó irregularidades en el uso del pozo autorizado (riego de una parcela no permitida). Esto se suma a dos expedientes sancionadores previos (2005 y 2013) por captaciones ilegales.
  3. Acusación contra la administración local: La denuncia por presunta prevaricación ambiental omisiva contra la alcaldesa y un director de área del Ayuntamiento de Alcobendas subraya la necesidad de una gobernanza responsable y transparente (Meta 16.6) para la protección del medio ambiente.

1. ¿Qué Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) se abordan o están conectados con los temas destacados en el artículo?

  • ODS 6: Agua Limpia y Saneamiento

    Este es el objetivo más directamente relacionado. El artículo se centra en la investigación de “captaciones ilegales de agua” y “excesos en los sondeos concedidos” por un campo de golf. Aborda la gestión sostenible de los recursos hídricos, el uso no autorizado de aguas subterráneas y el incumplimiento de las normativas establecidas por la Confederación Hidrográfica del Tajo. La discusión sobre el uso de aguas regeneradas de una Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) también se enmarca directamente en este ODS.

  • ODS 12: Producción y Consumo Responsables

    El artículo destaca el consumo intensivo de agua para un uso no prioritario como el riego de un campo de golf. La denuncia de la asociación Ecología y Libertad señala que “los campos de golf requieren grandes volúmenes de agua” y que la normativa clasifica estos consumos como “uso industrial” y “consumidores no prioritarios”. Esto pone de relieve la necesidad de una gestión sostenible y un uso eficiente de los recursos naturales, en este caso, el agua.

  • ODS 15: Vida de Ecosistemas Terrestres

    La extracción ilegal y excesiva de aguas subterráneas (“alumbramiento de aguas subterráneas”) tiene un impacto directo en los ecosistemas terrestres y acuíferos. La sobreexplotación de estos recursos puede degradar el suelo, afectar la flora local y alterar los ecosistemas que dependen de estas fuentes de agua dulce. La protección de los recursos hídricos es fundamental para la conservación de la biodiversidad y los ecosistemas.

  • ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas

    El artículo detalla un proceso judicial y administrativo. La Fiscalía ha abierto una investigación, el Seprona está realizando pesquisas y la Confederación Hidrográfica del Tajo ha abierto un expediente de denuncia. Además, la denuncia se dirige contra la alcaldesa y un director de área por un presunto delito de “prevaricación ambiental omisiva”. Todo esto se relaciona con la promoción del estado de derecho, la lucha contra la corrupción y la creación de instituciones eficaces y transparentes que rindan cuentas.

2. ¿Qué metas específicas de los ODS se pueden identificar en función del contenido del artículo?

  • Meta 6.4: Aumentar considerablemente el uso eficiente de los recursos hídricos en todos los sectores y asegurar la sostenibilidad de la extracción y el abastecimiento de agua dulce.

    El núcleo del artículo es el presunto uso ineficiente e insostenible del agua. Se menciona que el campo de golf tiene autorizada la extracción de un máximo de “7.000 metros cúbicos al año”, pero que para regar sus 5,5 hectáreas de césped se requerirían “29.441 metros cúbicos al año”. La investigación sobre pozos ilegales busca determinar si se está violando la sostenibilidad de la extracción de agua dulce.

  • Meta 6.5: Implementar la gestión integrada de los recursos hídricos a todos los niveles.

    El caso evidencia fallos en la gestión integrada del agua. La falta de conexión del campo de golf a las aguas regeneradas de la EDAR, a pesar de que era una obligación, y la presunta existencia de pozos no autorizados por la Confederación Hidrográfica del Tajo, demuestran una falta de coordinación y control en la gestión de los recursos hídricos.

  • Meta 12.2: Lograr la gestión sostenible y el uso eficiente de los recursos naturales.

    La denuncia de los ecologistas, que califica el riego de campos de golf como un “consumo no prioritario” que requiere “grandes volúmenes de agua”, apunta directamente a esta meta. La investigación busca esclarecer si se está realizando una gestión sostenible del recurso hídrico o si, por el contrario, se está produciendo un uso ineficiente e ilegal.

  • Meta 16.6: Crear a todos los niveles instituciones eficaces y transparentes que rindan cuentas.

    La denuncia contra la alcaldesa y el director de Medio Ambiente por ser presuntamente “conocedores de las extracciones ilegales de agua” y no haber actuado, cuestiona la eficacia y la rendición de cuentas de las instituciones locales. Asimismo, se menciona la “opacidad del Canal de Isabel II a la hora de facilitar los datos”, lo que va en contra del principio de transparencia institucional.

3. ¿Hay algún indicador de los ODS mencionado o implícito en el artículo que pueda usarse para medir el progreso hacia los objetivos identificados?

El artículo no menciona explícitamente los indicadores de los ODS, pero proporciona datos cuantitativos y cualitativos que pueden ser utilizados para medirlos de forma implícita.

  • Indicador 6.4.2: Nivel de estrés hídrico: extracción de agua dulce en proporción a los recursos de agua dulce disponibles.

    Implícitamente, el artículo proporciona datos para evaluar este indicador. Se cuantifica la extracción autorizada (“7.000 metros cúbicos al año”) frente a la necesidad estimada (“29.441 metros cúbicos al año”). La investigación sobre “pozos o sondeos ilegales” busca determinar el volumen real de extracción, lo que permitiría calcular el nivel de estrés sobre los recursos hídricos subterráneos de la zona.

  • Indicador 12.2.2: Consumo material interno.

    El volumen de agua extraída y consumida es una medida directa del consumo de un recurso natural. Los datos sobre los metros cúbicos de agua (7.000 autorizados, 29.441 necesarios, y el volumen desconocido de las extracciones ilegales) son una métrica directa para este indicador, centrado en el recurso específico del agua.

  • Indicador 16.3.1: Proporción de víctimas de violencia en los últimos 12 meses que denunciaron su victimización a las autoridades competentes u otros mecanismos de resolución de conflictos oficialmente reconocidos. (Adaptado al contexto ambiental)

    Aunque este indicador se refiere a la violencia, su espíritu puede adaptarse a delitos ambientales. El artículo muestra que una organización de la sociedad civil (“Ecología y Libertad”), alertada por vecinos, ha denunciado un presunto delito ambiental ante la Fiscalía. La apertura de “diligencias de investigación” y la actuación del Seprona son una medida de la respuesta del sistema de justicia a las denuncias ciudadanas sobre delitos contra el medio ambiente.

4. Cree una tabla con tres columnas titulada ‘ODS, metas e indicadores’ para presentar los hallazgos del análisis del artículo.

ODS, metas e indicadores
ODS Metas Indicadores (Mencionados o Implícitos en el Artículo)
ODS 6: Agua Limpia y Saneamiento
  1. 6.4: Asegurar la sostenibilidad de la extracción y el abastecimiento de agua dulce.
  2. 6.5: Implementar la gestión integrada de los recursos hídricos.
  • (Implícito para 6.4.2) Datos sobre el volumen de agua extraída (7.000 m³ autorizados vs. 29.441 m³ necesarios) que reflejan el estrés hídrico.
  • Mención de la falta de uso de aguas regeneradas de la EDAR, que es una medida de gestión integrada.
ODS 12: Producción y Consumo Responsables
  1. 12.2: Lograr la gestión sostenible y el uso eficiente de los recursos naturales.
  • (Implícito para 12.2.2) Cuantificación del consumo de agua como recurso natural, destacando el alto volumen requerido para un “uso no prioritario”.
ODS 15: Vida de Ecosistemas Terrestres
  1. 15.1: Velar por la conservación y el uso sostenible de los ecosistemas interiores de agua dulce.
  • Mención de “alumbramiento de aguas subterráneas” y “pozos ilegales”, actividades que impactan directamente en los acuíferos y ecosistemas dependientes.
ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas
  1. 16.6: Crear instituciones eficaces y transparentes que rindan cuentas.
  • (Implícito para 16.3.1 adaptado) La existencia de una denuncia formal de una ONG y la consiguiente investigación de la Fiscalía y el Seprona.
  • La acusación de “prevaricación ambiental omisiva” contra funcionarios públicos como medida de falta de rendición de cuentas.
  • La “opacidad” del Canal de Isabel II como indicador de falta de transparencia.

Fuente: elpais.com

 

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