Informe sobre Ataques Marítimos en el Caribe y el Pacífico y sus Implicaciones para los Objetivos de Desarrollo Sostenible
El presente informe analiza los recientes ataques letales ejecutados por fuerzas militares de Estados Unidos contra presuntas embarcaciones de narcotráfico en aguas del mar Caribe y el océano Pacífico. Estos eventos suscitan una grave preocupación en el ámbito del derecho internacional y representan un retroceso significativo en la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), en particular el ODS 16, enfocado en la paz, la justicia y las instituciones sólidas.
1. Contexto de los Incidentes
La Administración de EE. UU. ha confirmado una serie de operaciones militares que resultaron en la destrucción de embarcaciones y la muerte de decenas de personas. El gobierno justifica estas acciones enmarcándolas en un “conflicto armado” contra los cárteles de la droga, invocando una autoridad legal similar a la utilizada en la “guerra contra el terrorismo”.
- Acciones Militares: Se han reportado al menos diez ataques desde el 2 de septiembre, con un saldo de aproximadamente 43 víctimas civiles.
- Justificación Oficial: Se alega “legítima defensa ante amenazas inminentes”.
- Controversia: Organizaciones como Human Rights Watch (HRW) califican los ataques como “ejecuciones extrajudiciales”, argumentando que no existe un conflicto armado que justifique el uso de la fuerza letal como primera opción.
2. Vulneración Directa de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)
Las operaciones militares unilaterales contravienen los principios fundamentales de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. El impacto más severo se observa en el ODS 16, pero también afecta a otros objetivos relacionados con la cooperación internacional y la protección del medio ambiente.
ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas
Este objetivo es el más directamente comprometido. Las acciones reportadas socavan varias de sus metas fundamentales:
- Meta 16.1 (Reducir todas las formas de violencia): El uso de la fuerza letal como política de interdicción incrementa la violencia y las tasas de mortalidad, en lugar de reducirlas.
- Meta 16.3 (Promover el estado de derecho y garantizar la igualdad de acceso a la justicia): Al ejecutar sumariamente a sospechosos sin un debido proceso, se viola flagrantemente el derecho a la vida y se anula el acceso a la justicia. Se sustituyen los procedimientos de aplicación de la ley por acciones militares ofensivas.
- Meta 16.a (Fortalecer las instituciones nacionales): La estrategia debilita el rol de las instituciones de justicia y de la guardia costera, diseñadas para combatir el crimen organizado, al transferir sus responsabilidades a las fuerzas armadas, que operan bajo un paradigma de conflicto y no de aplicación de la ley.
Según Juanita Goebertus de HRW, el fenómeno debe ser enfrentado por “funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, que investigan, juzgan y sancionan”, no mediante ejecuciones sumarias.
ODS 17: Alianzas para Lograr los Objetivos
La naturaleza unilateral de los ataques, sin un mandato del Consejo de Seguridad de la ONU ni el consentimiento de los Estados afectados, atenta contra el espíritu de cooperación internacional que sustenta el ODS 17. La lucha contra el crimen organizado transnacional requiere alianzas multilaterales y el respeto a la soberanía, no acciones unilaterales que generan impunidad y desconfianza.
ODS 14: Vida Submarina
Aunque es un impacto secundario, la destrucción de embarcaciones mediante explosivos en ecosistemas marinos sensibles como el Caribe y el Pacífico representa un riesgo para la vida submarina. La liberación de combustibles, escombros y otros contaminantes afecta negativamente la salud de los océanos, contraviniendo los esfuerzos por conservar y utilizar sosteniblemente los recursos marinos.
3. Análisis Jurídico y Soberanía Marítima
Expertos en derecho internacional señalan que las operaciones carecen de un fundamento legal sólido bajo las normativas vigentes, como la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR).
- Aguas Territoriales (hasta 12 millas náuticas): Una intervención extranjera sin consentimiento constituye una violación directa de la soberanía del Estado ribereño.
- Alta Mar: Este espacio no es “tierra de nadie”, sino un área regida por el derecho internacional. El uso de la fuerza debe estar expresamente autorizado y justificado, lo cual no ocurre en este caso.
La distinción entre crimen organizado y conflicto armado es crucial. Los individuos a bordo de las embarcaciones no son combatientes en un conflicto entre Estados, por lo que no se les aplica el derecho internacional humanitario. Se trata de operaciones policiales que han escalado a bombardeos, debilitando el orden jurídico internacional que el ODS 16 busca fortalecer.
4. Conclusiones y Recomendaciones
Los ataques perpetrados por Estados Unidos representan una grave violación del derecho a la vida y un desprecio por el estado de derecho internacional, socavando directamente los esfuerzos globales por alcanzar la paz y la justicia (ODS 16). La justificación de un “conflicto armado” es insostenible y establece un precedente peligroso que favorece la ley del más fuerte sobre la cooperación y el derecho.
Se recomienda:
- El cese inmediato de estos ataques y el retorno a estrategias de interdicción basadas en la aplicación de la ley y el respeto a los derechos humanos.
- Una investigación exhaustiva e independiente, posiblemente impulsada por el Congreso de EE. UU., para esclarecer los hechos y establecer responsabilidades.
- Fortalecer la cooperación internacional (ODS 17) para abordar las causas estructurales del narcotráfico, promoviendo el desarrollo económico y social en las regiones afectadas.
- Reafirmar el compromiso con las instituciones de justicia y el multilateralismo como únicos caminos viables para construir sociedades pacíficas, justas e inclusivas.
1. ¿Qué Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) se abordan o están conectados con los temas destacados en el artículo?
El principal Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) que se aborda en el artículo es el:
-
ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas
Este objetivo es central para el artículo, ya que el texto se enfoca en la legalidad de las acciones militares de Estados Unidos contra presuntas narcolanchas. Se discuten temas como las “ejecuciones extrajudiciales”, la violación del “derecho a la vida”, la aplicación del derecho internacional, la distinción entre crimen organizado y conflicto armado, y la falta de rendición de cuentas. El artículo cuestiona si las instituciones, tanto nacionales (el Congreso de EE. UU.) como internacionales (la ONU, la Corte Penal Internacional), están funcionando adecuadamente para prevenir la violencia y garantizar la justicia. La crítica de Human Rights Watch sobre la falta de un proceso legal (“investigan, juzgan y sancionan”) y el uso de la fuerza letal como primera opción se alinea directamente con la promoción de la paz y la justicia.
2. ¿Qué metas específicas de los ODS se pueden identificar en función del contenido del artículo?
Basado en el análisis del artículo, se pueden identificar las siguientes metas específicas del ODS 16:
-
Meta 16.1: Reducir considerablemente todas las formas de violencia y las correspondientes tasas de mortalidad en todo el mundo.
Esta meta es directamente relevante debido a que el artículo informa sobre “letales ataques” que han resultado en la muerte de civiles. Específicamente, se menciona que “han muerto al menos 43 civiles” en “una decena de ataques”. La discusión se centra en el uso de la fuerza letal por parte de un Estado fuera de un marco de conflicto armado reconocido, lo que constituye una forma de violencia que esta meta busca reducir.
-
Meta 16.3: Promover el estado de derecho en los planos nacional e internacional y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos.
El artículo aborda esta meta extensamente. Human Rights Watch argumenta que las acciones de EE. UU. son “una ejecución extrajudicial” que viola el derecho internacional. Se cuestiona la base legal de la Administración Trump para declarar un “conflicto armado” con los cárteles. Además, se señala que EE. UU. no ha seguido su “propio procedimiento constitucional” que requiere autorización del Congreso. La falta de un proceso judicial para los sospechosos (“investigan, juzgan y sancionan”) y el hecho de que las víctimas queden en un “limbo jurídico” por la no adhesión de EE. UU. a tribunales internacionales, subraya la erosión del estado de derecho y el acceso a la justicia.
-
Meta 16.a: Fortalecer las instituciones nacionales pertinentes, incluso mediante la cooperación internacional, para crear a todos los niveles, particularmente en los países en desarrollo, capacidad para prevenir la violencia y combatir el terrorismo y la delincuencia.
Esta meta se ve reflejada en el debate sobre la jurisdicción y la cooperación internacional. El artículo menciona que los ataques son “unilaterales, sin mandato del Consejo de Seguridad de la ONU ni consentimiento de los Estados afectados”. También destaca el “excepcionalismo americano” como un “obstáculo para la rendición de cuentas”, ya que EE. UU. “no reconoce la jurisdicción de la Corte Penal Internacional ni la de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”. Esto evidencia un debilitamiento de las instituciones y mecanismos de cooperación internacional diseñados para gestionar la delincuencia transnacional dentro del marco de la ley.
3. ¿Hay algún indicador de los ODS mencionado o implícito en el artículo que pueda usarse para medir el progreso hacia los objetivos identificados?
Sí, el artículo contiene información que se relaciona directa o indirectamente con indicadores específicos de los ODS:
-
Indicador 16.1.1: Número de víctimas de homicidio intencional por cada 100.000 habitantes, desglosado por sexo y edad.
Aunque no se presenta como una tasa por 100,000 habitantes, el artículo proporciona un dato numérico directo que sirve como base para este indicador. Menciona explícitamente que “han muerto al menos 43 civiles” como resultado de los ataques. Este número de muertes violentas y deliberadas a manos de un actor estatal es una medida directa del fracaso en la reducción de la violencia y las tasas de mortalidad, como lo establece la Meta 16.1.
-
Indicador 16.3.1: Proporción de víctimas de violencia en los últimos 12 meses que denunciaron su victimización a las autoridades competentes u otros mecanismos de resolución de conflictos oficialmente reconocidos.
Este indicador es relevante por su ausencia en el escenario descrito. El artículo deja claro que las víctimas de los ataques no tuvieron oportunidad de acceder a ningún mecanismo de justicia. La descripción de los hechos como “ejecuciones extrajudiciales” y “ejecutar de manera sumaria” implica que no hubo investigación, arresto, juicio ni posibilidad de defensa. Las víctimas y sus familias se encuentran en un “limbo jurídico”, sin acceso a tribunales nacionales o internacionales para denunciar o buscar reparación, lo que indica un valor de cero para este indicador en los casos presentados.
4. Tabla de ODS, metas e indicadores
| ODS | Metas | Indicadores |
|---|---|---|
| ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas |
|
|
Fuente: france24.com
