7. ENERGÍA ASEQUIBLE Y NO CONTAMINANTE

Angostura regula el uso de energías alternativas para impulsar la sostenibilidad y premia a quienes las utilicen | Diario Andino Digital de Villa La Angostura y La Patagonia

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Angostura regula el uso de energías alternativas para impulsar la sostenibilidad y premia a quienes las utilicen  Diario Andino

Angostura regula el uso de energías alternativas para impulsar la sostenibilidad y premia a quienes las utilicen | Diario Andino Digital de Villa La Angostura y La Patagonia

Villa La Angostura avanza hacia la sostenibilidad con la regulación de energías alternativas

El Concejo Deliberante de Villa La Angostura ha aprobado una Ordenanza que redefine el Artículo 64 de la Carta Orgánica Municipal con el objetivo de gestionar, impulsar e incentivar económicamente la utilización de fuentes de energía no contaminantes.

Esta iniciativa es un paso significativo hacia la sostenibilidad en la localidad, al promover el uso y aprovechamiento de energías alternativas o renovables, en línea con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) establecidos por las Naciones Unidas.

Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)

  • ODS 7: Energía asequible y no contaminante
  • ODS 11: Ciudades y comunidades sostenibles
  • ODS 13: Acción por el clima

La ordenanza define como energías alternativas o renovables aquellas que son inagotables y no perjudican el ambiente. En el Anexo I se proporciona un listado no taxativo de estas fuentes de energía. Además, se fomenta la incorporación de sistemas de captación de energía solar para usos térmicos en edificaciones nuevas y reformas edilicias, con el objetivo de reducir la dependencia de combustibles fósiles.

Asimismo, se promueve el uso de biocombustibles, como el biogás, obtenidos a partir de residuos forestales y desechos orgánicos, contribuyendo así a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.

Acciones para promover las energías renovables

  • Elaboración de un Programa para el Desarrollo de las Energías Renovables.
  • Incorporación de criterios de ahorro de energía en obras nuevas y preexistentes.
  • Estrategias de planificación para reducir el consumo de combustibles fósiles y las emisiones de gases de efecto invernadero.
  • Actividades de difusión y concientización.

Con el fin de incentivar la adopción de prácticas sostenibles, se implementará un sistema de beneficios promocionales que reducirá la Tasa por Servicios Retributivos y Monotasa sobre los inmuebles que instalen sistemas de aprovechamiento y generación de energías alternativas. Además, se establecerán bonificaciones especiales para empresas o emprendedores vinculados con las energías renovables durante los primeros cinco años de actividad comercial formal en la localidad.

La autoridad encargada de aplicar la norma será la Secretaría de Planeamiento, Área de Medio Ambiente o el organismo designado en el futuro. Será responsable del registro, seguimiento, control y visado de certificaciones técnicas para acceder a los beneficios tributarios. El Departamento Ejecutivo Municipal estará autorizado a establecer, por vía reglamentaria, los procedimientos y requisitos para la efectiva aplicación de la ordenanza.

 

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