Violencia de género en la pareja: una problemática psicosocial

La violencia de género en la pareja se define desde un punto de vista psicosocial como aquel comportamiento abusivo que un hombre ejerce de forma reiterada contra una mujer con la que mantiene o ha mantenido una relación sentimental, con el objetivo de ejercer control y dominio sobre ella y la relación.
El objetivo del hombre maltratador no es hacer daño a la mujer, sino someterla a su voluntad y dominarla. Para lograrlo, puede utilizar herramientas sutiles como el aislamiento, el control y la desvalorización, así como estrategias más evidentes como los gritos, los insultos, las humillaciones, las acusaciones, las amenazas, el abuso emocional, el abuso sexual o el abuso económico. En resumen, cualquier forma de maltrato eficaz para conseguir su propósito. No se trata simplemente de violencia doméstica, sino de violencia que “domestica”.
Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)
- ODS 5: Lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y niñas.
- ODS 16: Promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todos y construir instituciones eficaces, responsables e inclusivas a todos los niveles.
Tipos de violencia
A continuación se muestra la clasificación de los tipos de violencia de género contra la pareja atendiendo a su naturaleza:
- Física: comportamientos que van desde una bofetada hasta el extremo del asesinato. El maltrato físico pone en riesgo la salud y, en los casos más extremos, la vida de las personas agredidas, provocando miedo intenso y sentimientos de humillación.
- Psicológica: comportamientos que incluyen aspectos verbales y emocionales. Aquí se incluyen actos como los insultos, los desprecios y las humillaciones. También supone conductas como ignorar (no hablar a alguien o hacer como si no existiera), chantajear y también las amenazas.
- Sexual: implica cualquier contacto sexual no deseado, desde manosear hasta la violación.
- Económica: se refiere a conductas que implican control financiero de la víctima. Incluyen actos como prohibir o impedir que la mujer consiga una fuente de recursos propia hasta no proveer de recursos económicos para los gastos básicos del hogar.
En particular, la violencia económica es un tipo de violencia en la cual el hombre maltratador intenta controlar y someter a la mujer haciéndose dueño de su independencia económica, lo que impide su autonomía y merma en gran medida su capacidad de tomar decisiones de forma autónoma. Por ejemplo, negarse a pagar la pensión alimenticia es un clásico comportamiento de violencia económica que tiene el objetivo claro de seguir dominando la vida de la expareja a través del control de los recursos económicos.
Marco legal y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)
Desde un punto de vista legal, en España, el artículo 1 de la Ley Orgánica 1/2004, de Protección Integral contra la Violencia de Género, define la violencia de género como: “Todo acto de violencia (…) que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada”.
Es importante destacar que la violencia económica no se recoge de forma explícita en esta definición, lo que ha llevado al borde de la desesperación a muchas mujeres que reclaman a sus exparejas el pago de la pensión alimenticia para poder subsistir con sus hijos después de la separación del maltratador. Sin embargo, la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género, sí incluye la violencia económica en su artículo 3, definiéndola como: “La violencia a que se refiere la presente ley comprende cualquier acto de violencia basada en el género que implique o pueda implicar para las mujeres perjuicios o sufrimientos de naturaleza física, psicológica, sexual o económica”.
En conclusión, la violencia de género en la pareja es una problemática psicosocial que afecta a la sociedad en su conjunto. Es fundamental abordarla desde una perspectiva de desarrollo sostenible, promoviendo la igualdad de género y empoderando a las mujeres y niñas. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) nos brindan un marco para trabajar en la erradicación de esta forma de violencia, garantizando el acceso a la justicia y construyendo instituciones eficaces e inclusivas.
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Fuente: theconversation.com
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