8. TRABAJO DECENTE Y CRECIMIENTO ECONÓMICO

BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA – MINISTERIO DE ECONOMÍA – Resolución 100/2023

BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA – MINISTERIO DE ECONOMÍA – Resolución 100/2023
Written by ZJbTFBGJ2T

MINISTERIO DE ECONOMÍA – Resolución 100/2023  BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA

BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA – MINISTERIO DE ECONOMÍA – Resolución 100/2023

Informe – Programa de Fortalecimiento Productivo Argentino – Sector Aviar

Programa de Fortalecimiento Productivo Argentino – Sector Aviar

Fecha: 07/02/2023

La presente resolución tiene como objetivo la creación del Programa de Fortalecimiento Productivo Argentino – Sector Aviar, en el marco de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Este programa busca asistir a los productores de pollos parrilleros en la mitigación del impacto del incremento de los costos de alimentación de su sector productivo, promoviendo así el desarrollo sostenible y el fortalecimiento de las economías regionales.

Antecedentes

  • Expediente N° EX-2023-09962240- -APN-DGD#MAGYP
  • Decretos Nros. 576 del 4 de septiembre de 2022 y 787 del 27 de noviembre de 2022
  • Resolución N° 356 del 17 de octubre de 2008 de la ex – SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS
  • Resoluciones Nros. 423 del 22 de septiembre de 2014, 462 del 15 de octubre de 2014 y 445 del 17 de septiembre de 2015 y sus modificatorias y complementarias, todas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
  • Resolución N° 586 del 11 de septiembre de 2015 del ex – MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
  • Resolución N° 21 del 23 de febrero de 2017 del ex – MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA (RESOL-2017-21-APN-MA)

Objetivo

El objetivo del Programa de Fortalecimiento Productivo Argentino – Sector Aviar es asistir a los productores de pollos parrilleros en la mitigación del impacto del incremento de los costos de alimentación de su sector productivo, promoviendo así el desarrollo sostenible y el fortalecimiento de las economías regionales.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios del programa todos aquellos productores de pollos parrilleros que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Estar inscritos en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA) del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) en la Actividad “Aves Producción – Carne”.
  2. Tener declarada su actividad como productor de carne de ave en la registración ante la Administración Federal de Ingresos Públicos.
  3. Haber remitido pollos parrilleros a faena entre el 28 de noviembre de 2022 y el 30 de diciembre de 2022.
  4. Dar cumplimiento con el procedimiento establecido en la resolución.

Determinación del Beneficio

La compensación será determinada de acuerdo a las siguientes pautas:

  • Promedio Mensual de Producción (PMP): Doceava parte del total de cabezas de pollos parrilleros faenadas remitidas por el beneficiario desde el 1° de octubre de 2021 hasta el 30 de septiembre de 2022 inclusive.
  • Coeficiente Soja Insumo (CSI): 1,091 kg. por cabeza faenada, correspondiente al dato técnico derivado de la cantidad de soja o sus derivados necesaria para tal fin.
  • Soja Base (SB): Producto de la multiplicación entre PMP y CSI convertido a toneladas.
  • Monto del Beneficio (MB$): Valor de la compensación en pesos para cada productor resultante de la multiplicación de SB por $30.000.

Procedimiento

Los productores interesados en recibir el beneficio deberán seguir el siguiente procedimiento:

  1. Ingresar al servicio “SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA – AUTOGESTIÓN SAGyP” del sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) utilizando la Clave Fiscal.
  2. Solicitar expresamente el beneficio en el marco del programa.
  3. Autorizar a la AFIP y al SENASA a suministrar la información correspondiente a la Autoridad de Aplicación.
  4. Constituir domicilio en una casilla de correo electrónico válida.
  5. Indicar una Clave Bancaria Uniforme (CBU) de una cuenta bancaria en moneda pesos a su nombre.
  6. Ingresar los demás datos requeridos por la Autoridad de Aplicación.

Resolución

Una vez cumplidos los requisitos de admisibilidad del trámite y sobre la base de la información proporcionada por la AFIP y el SENASA, la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca aprobará la nómina de beneficiarios y determinará las compensaciones correspondientes.

Modalidad de liquidación y pago de beneficios

El monto del beneficio será liquidado y efectivizado en un único pago, mediante transferencia bancaria a la cuenta correspondiente a la Clave Bancaria Uniforme (CBU) declarada por cada beneficiario.

Autoridad de aplicación

La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca será la Autoridad de Aplicación del programa y podrá dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias para su debida operatividad y cumplimiento.

Vigencia

1. Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) abordados en el artículo:

  • Objetivo 1: Fin de la pobreza
  • Objetivo 2: Hambre cero
  • Objetivo 8: Trabajo decente y crecimiento económico
  • Objetivo 9: Industria, innovación e infraestructura
  • Objetivo 12: Producción y consumo responsables
  • Objetivo 17: Alianzas para lograr los objetivos

2. Metas específicas de los ODS identificadas en el artículo:

  • Meta 1.1: Para 2030, erradicar la pobreza extrema para todas las personas en todas partes.
  • Meta 2.1: Para 2030, poner fin al hambre y asegurar el acceso de todas las personas, en particular los pobres y las personas en situaciones vulnerables, incluidos los lactantes, a una alimentación segura, nutritiva y suficiente durante todo el año.
  • Meta 8.3: Promover políticas orientadas al desarrollo que apoyen las actividades productivas, la creación de empleo decente, el emprendimiento, la creatividad y la innovación, y fomentar la formalización y el crecimiento de las microempresas y las pequeñas y medianas empresas, incluso a través del acceso a servicios financieros.
  • Meta 9.2: Promover una industrialización inclusiva y sostenible y, aumentar significativamente la contribución de la industria al empleo y al producto interno bruto, de acuerdo con las circunstancias nacionales, y duplicar esa contribución en los países menos adelantados.
  • Meta 12.2: Para 2030, lograr la gestión sostenible y el uso eficiente de los recursos naturales.
  • Meta 17.6: Mejorar la cooperación regional e internacional para facilitar el acceso a la ciencia, la tecnología y la innovación y aumentar el intercambio de conocimientos en condiciones mutuamente convenidas, incluso mediante una mejor coordinación entre los mecanismos existentes, en particular a nivel de las Naciones Unidas, y mediante un mecanismo de facilitación mundial de la tecnología.

3. Indicadores de los ODS mencionados en el artículo:

  • Indicador 1.1.1: Proporción de la población por debajo de los umbrales nacionales de pobreza.
  • Indicador 2.1.1: Prevalencia de la malnutrición en niños menores de 5 años, según la altura para la edad (desnutrición crónica) y el peso para la altura (emaciación aguda).
  • Indicador 8.3.1: Tasa de crecimiento económico per cápita anual.
  • Indicador 9.2.2: Cantidad de empleo generado por las industrias manufactureras y no manufactureras, por sexo y categoría ocupacional.
  • Indicador 12.2.1: Huella ecológica y huella material por persona.
  • Indicador 17.6.2: Número total de acuerdos de transferencia de tecnología en condiciones mutuamente acordadas que involucren a países en desarrollo.

4. Tabla de ODS, metas e indicadores:

ODS Metas Indicadores
Objetivo 1: Fin de la pobreza Meta 1.1: Para 2030, erradicar la pobreza extrema para todas las personas en todas partes. Indicador 1.1.1: Proporción de la población por debajo de los umbrales nacionales de pobreza.
Objetivo 2: Hambre cero Meta 2.1: Para 2030, poner fin al hambre y asegurar el acceso de todas las personas, en particular los pobres y las personas en situaciones vulnerables, incluidos los lactantes, a una alimentación segura, nutritiva y suficiente durante todo el año. Indicador 2.1.1: Prevalencia de la malnutrición en niños menores de 5 años, según la altura para la edad (desnutrición crónica) y el peso para la altura (emaciación aguda).
Objetivo 8: Trabajo decente y crecimiento económico Meta 8.3: Promover políticas orientadas al desarrollo que apoyen las actividades productivas, la creación de empleo decente, el emprendimiento, la creatividad y la innovación, y fomentar la formalización y el crecimiento de las microempresas y las pequeñas y medianas empresas, incluso a través del acceso a servicios financieros. Indicador 8.3.1: Tasa de crecimiento económico per cápita anual.
Objetivo 9: Industria, innovación e infraestructura Meta 9.2: Promover una industrialización inclusiva y sostenible y, aumentar significativamente la contribución de la industria al empleo y al producto interno bruto, de acuerdo con las circunstancias nacionales, y duplicar esa contribución en los países menos adelantados. Indicador 9.2.2: Cantidad de empleo generado por las industrias manufactureras y no manufactureras, por sexo y categoría ocupacional.
Objetivo 12: Producción y consumo responsables Meta 12.2: Para 2030, lograr la gestión sostenible y el uso eficiente de los recursos naturales. Indicador 12.2.1: Huella ecológica y hu

¡Atención! Este espléndido artículo nace de la fuente del conocimiento, moldeado por una maravillosa tecnología patentada de inteligencia artificial que profundizó en un vasto océano de datos, iluminando el camino hacia los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Recuerda que todos los derechos están reservados por SDG Investors LLC, lo que nos permite defender el progreso juntos.

Fuente: boletinoficial.gob.ar

 

Costco llega a un acuerdo con el sindicato de trabajadores que amenazaban con irse a huelga – Telemundo

Únete a nosotros en un viaje transformador en https://sdgtalks.ai/welcome, para contribuir activamente a un futuro mejor.

 

About the author

ZJbTFBGJ2T

1 Comment

  • El artículo en cuestión es una resolución del Ministerio de Economía de Argentina, específicamente la Resolución 100/2023. Sin embargo, no se proporciona información adicional sobre el contenido o el impacto de esta resolución. Por lo tanto, no se puede hacer una conclusión sobre el artículo en sí.