16. PAZ JUSTICIA E INSTITUCIONES SÓLIDAS

Derecho penal simbólico | El Deber

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Written by ZJbTFBGJ2T

Derecho penal simbólico  EL DEBER

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Informe sobre el crimen político y los medios de comunicación

Informe sobre el crimen político y los medios de comunicación

Introducción

Desde la perspectiva del crimen político, la transformación social tiene consecuencias negativas que deben ser tenidas en cuenta. Entre ellas, se pueden mencionar los graves riesgos que representa el papel de los medios de comunicación en la discusión de temas graves de conflictividad social y delincuencia.

El impacto del marketing y otros intereses en el contenido

El marketing y otros intereses distorsionan el contenido de los temas, retienen o ignoran datos relevantes y abandonan los esfuerzos para fortalecer la moralidad cívica cuya función es hacer cumplir códigos éticos de conducta esenciales para el desarrollo social.

La presión de la opinión pública en la autoridad pública

La opinión pública creada por los medios de comunicación ejerce una presión constante sobre la autoridad pública, exigiéndole que implemente reformas legislativas para que las leyes, especialmente las penales, reflejen siempre el consenso, compromiso o posición de la población.

El reconocimiento de demandas sociopolíticas

Las autoridades estatales, conscientes del importante efecto socializador que tiene el reconocimiento de estas demandas, especialmente las sociopolíticas, tienden no sólo a centrarse en ellas, sino que muchas veces también las promueven.

El fenómeno del derecho penal simbólico

El fenómeno de los procedimientos legislativos declarativos formales, conocido como “derecho penal simbólico”, tiene como objetivo principal reflejar de la manera más confiable y robusta el statu quo de la opinión colectiva existente en las normas jurídicas sobre alguna realidad social contradictoria, sin considerar en qué medida las disposiciones pertinentes pueden ayudar a resolver el problema.

La función simbólica del derecho penal

Este fenómeno se le denomina “derecho penal simbólico” porque su función simbólica excede la función instrumental, ya que su función se relaciona con el objetivo de “dotar a la sociedad de determinada información o contenido valorativo”, sin capacidad “para modificar la realidad social por la vía de prevenir la realización de comportamientos indeseados”.

La protección de bienes jurídicos y los efectos tranquilizadores

Esta normativa no atiende tanto a la protección de bienes jurídicos como a la producción de efectos tranquilizadores en la sociedad.

Las medidas para luchar contra la sociedad del riesgo

Las medidas para luchar contra la sociedad del riesgo son un ejemplo del derecho penal simbólico, puesto que no tienen capacidad para prevenir el riesgo sino, por el contrario, para sosegar y generar zozobra en la ciudadanía.

La desproporcionalidad en las leyes y su legitimidad

Como resultado, se crean leyes más severas y con un proteccionismo que en algunas ocasiones es desproporcional con relación al bien jurídico protegido. Esto genera dudas sobre la legitimidad de nuestro derecho penal, ya que se tergiversa como si fuese un mero instrumento de la política partidista, para lograr ciertos fines ocultos.

Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) relacionados con los temas destacados en el artículo:

  • ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas
  • ODS 10: Reducción de las desigualdades
  • ODS 11: Ciudades y comunidades sostenibles

Metas específicas de los ODS identificadas en el artículo:

  • Meta 16.10: Garantizar el acceso público a la información y proteger las libertades fundamentales, de conformidad con las leyes nacionales y los acuerdos internacionales.
  • Meta 10.3: Garantizar la igualdad de oportunidades y reducir la desigualdad de resultados, incluso eliminando las leyes, políticas y prácticas discriminatorias y promoviendo legislaciones, políticas y medidas adecuadas a este respecto.
  • Meta 11.7: Proporcionar acceso universal a espacios públicos seguros, inclusivos, accesibles y verdes, en particular para las mujeres y los niños, las personas mayores y las personas con discapacidad.

Indicadores de los ODS mencionados o implícitos en el artículo:

  • Indicador 16.10.1: Número de leyes y regulaciones que garantizan el acceso a la información y la protección de las libertades fundamentales.
  • Indicador 10.3.1: Proporción de la población cuyos ingresos están por debajo del umbral de pobreza nacional, desagregados por edad, sexo, discapacidad y ubicación geográfica.
  • Indicador 11.7.1: Proporción de la población urbana que vive en barrios marginales, asentamientos informales o viviendas inadecuadas, desagregada por sexo, edad, discapacidad y ubicación geográfica.

Tabla de ODS, metas e indicadores:

ODS Metas Indicadores
ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas Meta 16.10: Garantizar el acceso público a la información y proteger las libertades fundamentales, de conformidad con las leyes nacionales y los acuerdos internacionales. Indicador 16.10.1: Número de leyes y regulaciones que garantizan el acceso a la información y la protección de las libertades fundamentales.
ODS 10: Reducción de las desigualdades Meta 10.3: Garantizar la igualdad de oportunidades y reducir la desigualdad de resultados, incluso eliminando las leyes, políticas y prácticas discriminatorias y promoviendo legislaciones, políticas y medidas adecuadas a este respecto. Indicador 10.3.1: Proporción de la población cuyos ingresos están por debajo del umbral de pobreza nacional, desagregados por edad, sexo, discapacidad y ubicación geográfica.
ODS 11: Ciudades y comunidades sostenibles Meta 11.7: Proporcionar acceso universal a espacios públicos seguros, inclusivos, accesibles y verdes, en particular para las mujeres y los niños, las personas mayores y las personas con discapacidad. Indicador 11.7.1: Proporción de la población urbana que vive en barrios marginales, asentamientos informales o viviendas inadecuadas, desagregada por sexo, edad, discapacidad y ubicación geográfica.

¡Atención! Este espléndido artículo nace de la fuente del conocimiento, moldeado por una maravillosa tecnología patentada de inteligencia artificial que profundizó en un vasto océano de datos, iluminando el camino hacia los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Recuerda que todos los derechos están reservados por SDG Investors LLC, lo que nos permite defender el progreso juntos.

Fuente: eldeber.com.bo

 

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1 Comment

  • El artículo “Derecho penal simbólico” aborda la problemática de la aplicación de leyes penales que buscan enviar un mensaje simbólico a la sociedad, pero que en la práctica no tienen un efecto real en la prevención del delito o en la protección de los derechos de las personas.

    La conclusión del artículo es que el derecho penal simbólico puede ser ineficaz e incluso contraproducente, ya que se centra más en la apariencia de castigo que en la solución de los problemas reales. Además, se argumenta que este tipo de legislación puede llevar a la criminalización de conductas sin fundamento sólido y a la sobrecarga del sistema judicial.

    En resumen, el artículo plantea la necesidad de replantear el enfoque del derecho penal, priorizando medidas efectivas y basadas en evidencia para abordar los problemas de la criminalidad, en lugar de enfocarse únicamente en la apariencia de justicia.