Incentivos Fiscales
El Ayuntamiento de Alcalá la Real tiene establecidos en sus Ordenanzas Fiscales reguladoras de Impuestos, Tasas y Precios Públicos, diversos beneficios fiscales, tales como exenciones y bonificaciones en el pago de las cuotas de dichos tributos.
Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de la naturaleza urbana.
- Están exentos de este impuesto los incrementos de valor que se manifiesten a consecuencia de los actos siguientes:
a) Las aportaciones de bienes y derechos realizadas por los cónyuges a la sociedad conyugal, las adjudicaciones que a su favor y en pago de ellas se verifiquen y las transmisiones que se hagan a los cónyuges en pago de sus haberes comunes.
b) La constitución y transmisión de cualesquiera derechos de servidumbre.
c) Las transmisiones de bienes inmuebles entre cónyuges o a favor de los hijos, como consecuencia del cumplimiento de sentencias en los casos de nulidad, separación o divorcio matrimonial.
- Asimismo, están exentos de este impuesto los incrementos de valor correspondientes cuando la obligación de satisfacer dicho impuesto recaiga sobre las siguientes personas o entidades:
a) El Estado, las Comunidades Autónomas y las entidades locales, a las que pertenezca el municipio, así como sus respectivos organismos autónomos de carácter administrativo.
b) El municipio de la imposición y demás entidades locales integradas o en las que se integre dicho municipio y sus organismos autónomos de carácter administrativo.
c) Las instituciones que tengan la calificación de benéficas o benéfico docentes.
d) Las entidades gestoras de la Seguridad Social y de Mutualidades y Montepíos constituidas conforme a lo previsto en la Ley 33/1984, de 2 de agosto.
e) Las personas o entidades a cuyo favor se haya reconocido la exención en tratados o convenios internacionales.
f) Los titulares de concesiones administrativas reversibles respecto de los terrenos afectos a las mismas.
g) La Cruz Roja Española.
- Gozarán de una bonificación de hasta el 99 por 100 de las cuotas que se devenguen en las transmisiones que se realicen con ocasión de las operaciones de fusión o escisión de empresas a que se refiere la Ley 76/1980, de 26 de diciembre, siempre que así lo acuerde el Ayuntamiento respectivo.
Si los bienes cuya transmisión dio lugar a la referida bonificación fuesen enajenados dentro de los cinco años siguientes a la fecha de fusión o escisión, el importe de dicha bonificación deberá ser satisfecho al Ayuntamiento, ello sin argucia del pago del impuesto que corresponda por la citada enajenación.
Tal obligación recaerá sobre la persona o entidad que adquirió los bienes a consecuencia de la operación de fusión o escisión.
Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
- Al coste real y efectivo de las construcciones, instalaciones u obras que se señalan a continuación se le efectuarán las siguientes bonificaciones:
- Construcciones, instalaciones u obras que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales, culturales, histórico-artísticas o de fomento de empleo que justifiquen tal declaración, hasta el 95%. Entre otras:
- Obras de rehabilitación de viviendas acogidas al Plan de Rehabilitación preferente, aprobado por la Junta de Andalucía; Obras de rehabilitación de viviendas incluidas en zonas clasificadas de rehabilitación preferente en el Plan General de Ordenación Urbana de Alcalá la Real; y obras para uso residencial en el casco histórico de la ciudad y en el barrio de las cruces.
- Obras de ejecución de proyectos empresariales en que concurra las circunstancias de ser generadores de empleo.
- Al objeto de favorecer la conservación y rehabilitación del casco histórico de la ciudad y la barriada de las Cruces, y los edificios singulares, clasificados como tales, en el Plan General de Ordenación Urbana, podrán ser declaradas de especial interés o utilidad municipal, cualquier construcción, instalación u obra realizada dentro del Conjunto Histórico Artístico y en la barriada de las Cruces de Alcalá la Real y los edificios singulares que se establezcan en el Plan General, con una bonificación del 80%.
- Obras de primera planta o ampliación a realizar en colegios de enseñanza general básica e institutos de bachillerato, con carácter general el 20 %.
- Obras de ejecución de viviendas de Protección Oficial se reducirá, en los supuestos y en las condiciones señaladas en el apartado siguiente, el 50%.
- Obras de rehabilitación en cortijos y viviendas de las aldeas, con destino a alojamientos de turismo rural y que cumplan las exigencias de la legislación vigente en este sector y se integren en una red de turismo rural, el 50%.
- Podrán gozar de una bonificación de hasta el 95 por 100 a favor de las construcciones, instalaciones y obras en las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar. La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones para la producción de calor incluyan sistemas que dispongan de la correspondiente homologación de la Administración competente y se aplicará
Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) abordados en el artículo:
- Objetivo 11: Ciudades y comunidades sostenibles
- Objetivo 7: Energía asequible y no contaminante
- Objetivo 8: Trabajo decente y crecimiento económico
- Objetivo 9: Industria, innovación e infraestructura
Metas específicas de los ODS identificadas en el artículo:
- Meta 11.1: Para 2030, garantizar el acceso de todas las personas a viviendas y servicios básicos adecuados, seguros y asequibles y mejorar los barrios marginales.
- Meta 7.2: Aumentar considerablemente la proporción de energía renovable en el conjunto de fuentes energéticas.
- Meta 8.3: Promover políticas orientadas al desarrollo que apoyen las actividades productivas, la creación de empleo decente, el emprendimiento, la creatividad y la innovación.
- Meta 9.1: Desarrollar infraestructuras fiables, sostenibles, resilientes y de calidad, incluidas infraestructuras regionales y transfronterizas, para apoyar el desarrollo económico y el bienestar humano.
Indicadores de los ODS mencionados en el artículo:
- Indicador 11.1.1: Proporción de la población urbana que vive en barrios marginales, asentamientos informales o viviendas inadecuadas.
- Indicador 7.2.1: Porcentaje de la población con acceso a electricidad.
- Indicador 8.3.1: Tasa de crecimiento económico per cápita en función del empleo productivo y del PIB.
- Indicador 9.1.1: Proporción de la población que vive a menos de 2 kilómetros de una carretera pavimentada o de un camino mejorado, con todo tiempo.
Tabla de ODS, metas e indicadores:
ODS Metas Indicadores Objetivo 11: Ciudades y comunidades sostenibles Meta 11.1: Para 2030, garantizar el acceso de todas las personas a viviendas y servicios básicos adecuados, seguros y asequibles y mejorar los barrios marginales. Indicador 11.1.1: Proporción de la población urbana que vive en barrios marginales, asentamientos informales o viviendas inadecuadas. Objetivo 7: Energía asequible y no contaminante Meta 7.2: Aumentar considerablemente la proporción de energía renovable en el conjunto de fuentes energéticas. Indicador 7.2.1: Porcentaje de la población con acceso a electricidad. Objetivo 8: Trabajo decente y crecimiento económico Meta 8.3: Promover políticas orientadas al desarrollo que apoyen las actividades productivas, la creación de empleo decente, el emprendimiento, la creatividad y la innovación. Indicador 8.3.1: Tasa de crecimiento económico per cápita en función del empleo productivo y del PIB. Objetivo 9: Industria, innovación e infraestructura Meta 9.1: Desarrollar infraestructuras fiables, sostenibles, resilientes y de calidad, incluidas infraestructuras regionales y transfronterizas, para apoyar el desarrollo económico y el bienestar humano. Indicador 9.1.1: Proporción de la población que vive a menos de 2 kilómetros de una carretera pavimentada o de un camino mejorado, con todo tiempo. ¡Atención! Este espléndido artículo nace de la fuente del conocimiento, moldeado por una maravillosa tecnología patentada de inteligencia artificial que profundizó en un vasto océano de datos, iluminando el camino hacia los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Recuerda que todos los derechos están reservados por SDG Investors LLC, lo que nos permite defender el progreso juntos.
Fuente: alcalalareal.es
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El artículo habla sobre la importancia de la industria, la investigación, el desarrollo y la innovación (I+D+i) para el desarrollo económico de una región. Destaca la necesidad de fomentar la colaboración entre empresas, universidades y centros de investigación para impulsar la competitividad y el crecimiento económico. Además, resalta la importancia de invertir en I+D+i como una estrategia para diversificar la economía y generar empleo de calidad. En conclusión, el artículo enfatiza la relevancia de promover la industria y la innovación como motores del desarrollo económico.