4. EDUCACIÓN DE CALIDAD

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Orden de 26 de julio de 2023, por la que se establece el Plan …  Noticias Jurídicas

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Informe – Plan de Actuación de la Inspección Educativa de Andalucía

Plan de Actuación de la Inspección Educativa de Andalucía

Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)

  • ODS 4: Educación de calidad
  • ODS 5: Igualdad de género
  • ODS 8: Trabajo decente y crecimiento económico
  • ODS 10: Reducción de las desigualdades
  • ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas

Artículo 1 – Objeto y ámbito de aplicación

La presente orden tiene por objeto aprobar el Plan General de Actuación de la Inspección Educativa de Andalucía para los cursos 2023-2024, 2024-2025, 2025-2026 y 2026-2027. Este plan se desarrolla en cumplimiento del artículo 26 del Decreto 115/2002, de 25 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento de la inspección educativa de Andalucía, y del artículo 63.2 de la Orden de 13 de julio de 2007, por la que se desarrolla la organización y funcionamiento de la inspección educativa de Andalucía.

Artículo 2 – Elementos

El contenido del Plan General de Actuación de la inspección educativa de Andalucía está constituido por los siguientes elementos:

  • Misión, Visión y Valores de la Inspección Educativa de Andalucía.
  • Objetivos generales del Plan.
  • Líneas estratégicas y objetivos estratégicos.
  • Modelo de intervención.
  • Actuaciones.
  • Indicadores.
  • Formación e innovación.
  • Seguimiento y evaluación del Plan.

Artículo 3 – Misión, Visión y Valores de la Inspección Educativa de Andalucía

La Misión de la Inspección Educativa de Andalucía es asegurar el cumplimiento de las leyes, mediante la garantía de los derechos y la observancia de los deberes de cuantos participan en los procesos de enseñanza y aprendizaje, dirigiendo su actuación hacia su mejora a través de los principios de equidad y calidad, con el fin último de contribuir a la consecución de la excelencia del sistema educativo.

La Visión de la Inspección Educativa de Andalucía se dirige a ser referente de calidad como cuerpo técnico especializado, para los centros en sus procesos de mejora continua, dirigidos a garantizar el éxito de todo el alumnado, para las familias y miembros de la comunidad educativa informándoles y haciendo efectivos sus derechos, y finalmente siendo fuente de información cualificada y veraz en la toma de decisiones de la Administración.

Los Valores de la Inspección Educativa de Andalucía vienen marcados a nivel individual por los deberes de los empleados públicos, su código de conducta, principios éticos y principios de conductas regulados en el Capítulo VI del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

A nivel institucional, los principios de actuación se sustentan en los recogidos en el artículo 153.bis de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación: respeto a los derechos fundamentales y libertades públicas, defensa del bien común y valores democráticos, profesionalidad e independencia de carácter técnico, imparcialidad y eficiencia y transparencia. La organización y el funcionamiento de la Inspección Educativa de Andalucía se rigen por los principios recogidos en el artículo 25 de la Orden de 13 de julio de 2007: jerarquía, planificación, especialización, profesionalidad y trabajo en equipo.

Para la asunción de estos valores y principios, la inspección educativa debe ser:

  • Referente de calidad y cuerpo técnico especializado que asume la actualización profesional permanente como inherente a su ejercicio profesional, reflejando solvencia técnica por sus conocimientos, habilidades y actitudes.
  • Garante de derechos y agente efectivo de la observancia de los deberes de todos los miembros de la comunidad educativa, mediante la independencia profesional, la responsabilidad y compromiso de servicio público.
  • Fuente de información cualificada y veraz, a través del rigor, objetividad, transparencia y lealtad institucional que permita incidir en la mejora de la calidad y el buen funcionamiento del Sistema Educativo Andaluz.

Artículo 4 – Objetivos generales del Plan

El Plan General de Actuación de la inspección educativa de Andalucía para el período 2023-2027 establece los siguientes objetivos generales:

  • Contribuir a la mejora de la calidad y equidad de los procesos de enseñanza y aprendizaje y al funcionamiento de los centros educativos, incidiendo en los procesos que desarrollan, a través del desarrollo de líneas de supervisión, asesoramiento y evaluación.
  • Potenciar la función directiva y su liderazgo a través de la evaluación continua de sus competencias profesionales, realizándose una valoración final objetiva basada en datos y evidencias.
  • Contribuir al refuerzo de

    1. Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) abordados en el artículo:

    • Objetivo 4: Garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida para todos.

    2. Metas específicas de los ODS identificadas en el artículo:

    • Meta 4.1: De aquí a 2030, asegurar que todos los niños y niñas terminen la enseñanza primaria y secundaria.
    • Meta 4.5: De aquí a 2030, eliminar las disparidades de género en la educación y asegurar el acceso igualitario a todos los niveles de educación y formación profesional para las personas vulnerables, incluidas las personas con discapacidad, los pueblos indígenas y los niños en situaciones de vulnerabilidad.

    3. Indicadores de los ODS mencionados o implícitos en el artículo:

    • No se mencionan indicadores específicos en el artículo.

    Tabla de ODS, metas e indicadores:

    ODS Metas Indicadores
    Objetivo 4 – Meta 4.1: De aquí a 2030, asegurar que todos los niños y niñas terminen la enseñanza primaria y secundaria.
    – Meta 4.5: De aquí a 2030, eliminar las disparidades de género en la educación y asegurar el acceso igualitario a todos los niveles de educación y formación profesional para las personas vulnerables, incluidas las personas con discapacidad, los pueblos indígenas y los niños en situaciones de vulnerabilidad.
    No se mencionan indicadores específicos en el artículo.

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    Fuente: noticias.juridicas.com

     

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