5. IGUALDAD DE GÉNERO

Trabajadoras sexuales y víctimas de trata

Trabajadoras sexuales y víctimas de trata
Written by ZJbTFBGJ2T

Trabajadoras sexuales y víctimas de trata  El Diario

Trabajadoras sexuales y víctimas de trata

Informe sobre la trata de personas con fines de explotación sexual

Informe sobre la trata de personas con fines de explotación sexual

Introducción

El 30 de julio fue el Día Mundial contra la Trata de Personas, y por ello quisiera aprovechar el momento para reflexionar sobre la misma, una reflexión necesaria en nuestro contexto fronterizo, sobre todo por el aumento de los movimientos migratorios de mujeres provenientes de contextos empobrecidos que se insertan en el mercado del sexo comercial, la creciente presencia de grupos delictivos especializados en la explotación sexual de mujeres y los grandes beneficios económicos que esta actividad produce.

Situación en México y Ciudad Juárez

México es un país de origen, tránsito y destino de las víctimas de trata de personas con fines de explotación sexual, y Ciudad Juárez se ubica por ser frontera como un lugar de tránsito e inclusive destino. En el último diagnóstico realizado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos sobre la situación de la Trata de Personas de 2021, se posicionó al estado de Chihuahua en el tercer lugar a nivel nacional con relación a este delito. Además, el último informe mundial sobre la trata de personas de 2022 elaborado por la Organización de las Naciones Unidas contra la Droga y Delito señala que las mujeres son más propensas a ser víctimas de trata con un 42 por ciento en comparación con los hombres que se posicionan con un 23 por ciento, asimismo, se precisa que las formas de explotación más detectadas fueron la explotación sexual con un 38.7 por ciento y el trabajo a servicios forzados con un 38.8 por ciento.

La trata de personas y la explotación sexual

Sin duda la trata con fines de prostitución forzada y explotación sexual es una manifestación de violencia hacia las mujeres, una violación a la dignidad y a los derechos humanos, sin embargo, sí es importante separar esa combinación discursiva que ha existido entre comercio sexual, explotación sexual y trata de personas. Pues, por un lado, se ha criminalizado el trabajo sexual, incluso a quienes se consideran trabajadoras autónomas y como bien lo señala Luz del Carmen Jiménez, se ha contribuido a generar la percepción equivocada de que la mayor parte de las actividades dentro del sector sexo comercial se producen en condiciones de coerción y abuso.

Por otro lado, hay que aclarar que la trata y la explotación son delitos autónomos, lo que puede implicar que la explotación se pueda configurar, aunque no se concreten los supuestos de la trata y viceversa.

Leyes y penas

La Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas establece que la trata de personas es toda acción u omisión dolosa de una o varias personas para captar, enganchar, transportar, transferir, retener, entregar, recibir o alojar a una o varias personas con fines de explotación. Además, maneja once modalidades de explotación, entre las que se encuentra la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual. Quien cometa este delito se le puede imponer una pena de cinco a 15 años de prisión.

Por otro lado, la explotación sexual es otro delito en donde se sanciona al que se beneficie de la explotación de una o más personas a través de la prostitución, la pornografía, las exhibiciones públicas o privadas de orden sexual, el turismo sexual o cualquier otra actividad sexual remunerada. Quien cometa este delito podrá ser sancionado con pena de 15 a 30 años de prisión.

Perspectivas sobre el comercio sexual

Es importante no polarizar respecto al comercio sexual, pues existen posturas feministas que consideran que todas las transacciones comerciales son negativas y favorecen la trata, mientras que otras exigen derechos laborales para las personas que dan servicios sexuales y refieren que la venta de servicios sexuales no se puede sustraer del contexto de sobrevivencia económica.

Conclusiones

La trata de personas con fines de explotación sexual es un atentado inadmisible a los derechos humanos y debe ser condenada enérgicamente. Sin embargo, también es importante abordar las condiciones estructurales que impulsan a las mujeres pobres al trabajo sexual.

Facebook: Dra. Olivia Aguirre Bonilla

1. Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) abordados en el artículo:

  • Objetivo 5: Igualdad de género
  • Objetivo 8: Trabajo decente y crecimiento económico
  • Objetivo 16: Paz, justicia e instituciones sólidas

2. Metas específicas de los ODS identificadas en el artículo:

  • Meta 5.2: Eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y niñas en los ámbitos público y privado.
  • Meta 8.7: Tomar medidas inmediatas y eficaces para erradicar el trabajo forzoso, poner fin a la esclavitud moderna y la trata de personas y asegurar la prohibición y eliminación de las peores formas de trabajo infantil.
  • Meta 16.2: Poner fin al maltrato, la explotación, la trata y todas las formas de violencia y tortura contra los niños.

3. Indicadores de los ODS mencionados en el artículo:

  • Indicador 5.2.1: Proporción de mujeres y niñas víctimas de violencia física o sexual en los últimos 12 meses.
  • Indicador 8.7.1: Proporción de niños de 5 a 17 años que realizan trabajo infantil, por sexo y edad.
  • Indicador 16.2.2: Número de víctimas de trata de personas por cada 100,000 habitantes, por sexo, edad y forma de explotación.

4. Tabla de ODS, metas e indicadores:

ODS Metas Indicadores
Objetivo 5: Igualdad de género Meta 5.2: Eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y niñas en los ámbitos público y privado. Indicador 5.2.1: Proporción de mujeres y niñas víctimas de violencia física o sexual en los últimos 12 meses.
Objetivo 8: Trabajo decente y crecimiento económico Meta 8.7: Tomar medidas inmediatas y eficaces para erradicar el trabajo forzoso, poner fin a la esclavitud moderna y la trata de personas y asegurar la prohibición y eliminación de las peores formas de trabajo infantil. Indicador 8.7.1: Proporción de niños de 5 a 17 años que realizan trabajo infantil, por sexo y edad.
Objetivo 16: Paz, justicia e instituciones sólidas Meta 16.2: Poner fin al maltrato, la explotación, la trata y todas las formas de violencia y tortura contra los niños. Indicador 16.2.2: Número de víctimas de trata de personas por cada 100,000 habitantes, por sexo, edad y forma de explotación.

¡Atención! Este espléndido artículo nace de la fuente del conocimiento, moldeado por una maravillosa tecnología patentada de inteligencia artificial que profundizó en un vasto océano de datos, iluminando el camino hacia los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Recuerda que todos los derechos están reservados por SDG Investors LLC, lo que nos permite defender el progreso juntos.

Fuente: diario.mx

 

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1 Comment

  • En el artículo “Trabajadoras sexuales y víctimas de trata” se aborda la problemática de la explotación sexual y la trata de personas, destacando la vulnerabilidad de las trabajadoras sexuales ante este tipo de situaciones. Es importante concienciar sobre la importancia de proteger los derechos y la seguridad de estas mujeres, así como implementar medidas para prevenir y combatir la trata de personas en todas sus formas. La sociedad debe trabajar en conjunto para erradicar esta violación de los derechos humanos y garantizar un ambiente seguro y justo para todas las personas.