Resolución 315/2023
RESOL-2023-315-APN-MAD
Introducción
Ciudad de Buenos Aires, 21/09/2023
Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)
La Argentina se ha comprometido con la implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) establecidos por las Naciones Unidas en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Estos objetivos buscan promover un desarrollo sostenible y establecer un proceso de seguimiento y análisis de los progresos hacia su alcance.
Antecedentes
- Ley General del Ambiente N° 25.675
- Convenio de Diversidad Biológica Ley N.º 24.375
- Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar Ley N.º 24.543
- Acuerdo sobre la Conservación de Albatros y Petreles Ley N.º 26.107
- Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas Ley N.º 26.600
- Ley Federal de Pesca N.º 24.922
- Resoluciones del Consejo Federal Pesquero
- Resoluciones del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
- Resoluciones del Consejo Federal de Medio Ambiente
Considerandos
- El artículo 41 de la Constitución Nacional establece el derecho a un ambiente sano y equilibrado, así como la obligación de las autoridades de proteger los recursos naturales y preservar la diversidad biológica.
- La Ley General del Ambiente N° 25.675 establece los presupuestos mínimos de protección ambiental y la implementación del desarrollo sustentable.
- La Ley Nº 24.375 aprueba el Convenio de Diversidad Biológica, que promueve la conservación de la biodiversidad y el enfoque ecosistémico.
- La Ley Nº 24.543 aprueba la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, que establece conceptos y herramientas para la gestión de los recursos marinos.
- La Ley Nº 26.107 aprueba el Acuerdo sobre la Conservación de Albatros y Petreles, con el objetivo de lograr un estado de conservación favorable para estas especies.
- La Ley N.º 26.600 aprueba la Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas, que busca promover la protección y conservación de estas especies.
Programa Costero Marino
Se crea el Programa Costero Marino, que será implementado por la Dirección Nacional de Gestión Ambiental del Agua y los Ecosistemas Acuáticos de la Secretaría de Política Ambiental en Recursos Naturales del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Acciones a tomar
Se encomienda a la Dirección Nacional de Gestión Ambiental del Agua y los Ecosistemas Acuáticos impulsar la implementación del Programa Costero Marino.
Presupuesto
Se asignarán los créditos presupuestarios necesarios para afrontar las erogaciones correspondientes al Programa Costero Marino.
Conclusión
Se comunica, publica y archiva la presente resolución.
Juan Cabandie
1. Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) abordados en el artículo:
- Objetivo 14: Conservar y utilizar en forma sostenible los océanos, los mares y los recursos marinos para el desarrollo sostenible.
2. Metas específicas de los ODS identificadas en el artículo:
- Meta 14.2: Sostener la productividad de los océanos y los recursos marinos de manera sostenible.
- Meta 14.3: Minimizar y abordar los efectos de la acidificación de los océanos, incluido a través de la cooperación científica mejorada a todos los niveles.
- Meta 14.4: Regular eficazmente la pesca y poner fin a la pesca excesiva, la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada y las prácticas de pesca destructivas.
- Meta 14.5: Conservar al menos el 10% de las zonas costeras y marinas, de conformidad con el derecho nacional y el derecho internacional y sobre la base de la mejor información científica disponible.
3. Indicadores de los ODS mencionados o implícitos en el artículo:
- Indicador 14.2.1: Proporción de poblaciones de peces dentro de niveles biológicamente sostenibles.
- Indicador 14.3.1: Índice de acidificación de los océanos.
- Indicador 14.4.1: Porcentaje de poblaciones de peces explotadas dentro de niveles biológicamente sostenibles.
- Indicador 14.5.1: Proporción de áreas marinas protegidas en relación con las áreas marinas totales.
4. Tabla de ODS, metas e indicadores:
ODS | Metas | Indicadores |
---|---|---|
Objetivo 14 | Meta 14.2: Sostener la productividad de los océanos y los recursos marinos de manera sostenible. | Indicador 14.2.1: Proporción de poblaciones de peces dentro de niveles biológicamente sostenibles. |
Objetivo 14 | Meta 14.3: Minimizar y abordar los efectos de la acidificación de los océanos, incluido a través de la cooperación científica mejorada a todos los niveles. | Indicador 14.3.1: Índice de acidificación de los océanos. |
Objetivo 14 | Meta 14.4: Regular eficazmente la pesca y poner fin a la pesca excesiva, la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada y las prácticas de pesca destructivas. | Indicador 14.4.1: Porcentaje de poblaciones de peces explotadas dentro de niveles biológicamente sostenibles. |
Objetivo 14 | Meta 14.5: Conservar al menos el 10% de las zonas costeras y marinas, de conformidad con el derecho nacional y el derecho internacional y sobre la base de la mejor información científica disponible. | Indicador 14.5.1: Proporción de áreas marinas protegidas en relación con las áreas marinas totales. |
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Fuente: boletinoficial.gob.ar
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En el artículo, se menciona una resolución emitida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la República Argentina. Aunque no se proporciona información específica sobre el contenido de la resolución, se puede inferir que está relacionada con temas ambientales y de desarrollo sostenible. Para obtener más detalles, se recomienda acceder al enlace proporcionado en el artículo.