Informe sobre la iniciativa de ley en Perú
Fecha: 15 de marzo del 2024
El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), la Fundación para el Debido Proceso (DPLF) y la Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA) condenan la iniciativa de ley aprobada el 12 de marzo por la Comisión de Constitución del Congreso en Perú. Esta iniciativa podría ser sometida a voto en el Pleno en los próximos días y, de ser aprobada, tendría efectos que podrían llevar a la impunidad de decenas de casos de graves violaciones a los derechos humanos en el país, los cuales constituyen crímenes de lesa humanidad bajo el derecho internacional.
Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)
- ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas
- ODS 10: Reducción de las desigualdades
El “Proyecto de ley que Precisa la Aplicación y los Alcances del Delito de Lesa Humanidad y Crímenes de Guerra en la Legislación Peruana” propone la prescripción de todas aquellas investigaciones y procesos judiciales por delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra. En otras palabras, permitiría revisar y evitar que se investiguen los casos vinculados a ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas, esterilizaciones forzadas, tortura, entre otros delitos de alta gravedad cometidos entre 1980 y 2000. Esto incluye condenas ya impuestas y en ejecución, los cuales quedarían en impunidad.
Es importante destacar que estos crímenes no admiten ningún tipo de amnistía, prescripción o medida que busque evitar la responsabilidad y el castigo efectivo de los perpetradores. Bajo el derecho internacional, existe un reconocimiento común y consuetudinario de que estos crímenes son imprescriptibles, lo que constituye un principio imperativo, general y obligatorio para los estados. Además, el Estado peruano se encuentra obligado a perseguir estos crímenes en virtud de su adhesión a la Convención Americana sobre Derechos Humanos y al Protocolo II Adicional a los Convenios de Ginebra de 1949.
Perú ha sido condenado en más de una decena de casos relacionados con graves violaciones a los derechos humanos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, varios de ellos cometidos durante el gobierno de Alberto Fujimori. La Corte Interamericana ha establecido que “son inadmisibles las disposiciones de amnistía, las disposiciones de prescripción y el establecimiento de excluyentes de responsabilidad que pretendan impedir la investigación y sanción de los responsables de las violaciones graves de los derechos humanos”.
La iniciativa de ley pretende que el Estado peruano solo deba perseguir y sancionar estos crímenes a partir de la creación de la Corte Penal Internacional con la entrada en vigencia del Estatuto de Roma. Sin embargo, la inclusión de disposiciones de prescripción para los delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra ocurridos antes del año 2002 establecido en esta iniciativa permitiría que los hechos atroces perpetrados durante el periodo 1980-2000 queden en la absoluta impunidad. Esto incumpliría con las obligaciones de Perú en materia de acceso a la justicia y afectaría gravemente los derechos de las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos en el país.
Es importante mencionar que esta propuesta se da en un momento en el que están avanzando nuevos procesos contra Alberto Fujimori, como por ejemplo el caso de la Masacre de Pativilca. Asimismo, otros procesos en contra de Alberto Fujimori podrían iniciarse próximamente como consecuencia de la revisión de extradición en Chile.
Este intento del Congreso peruano de imponer una nueva ley de amnistía por crímenes de lesa humanidad no se da de manera aislada. Existen otras acciones que incumplirían las obligaciones internacionales del Perú en materia de derechos humanos y afectarían gravemente la institucionalidad democrática, como los diversos proyectos de ley para denunciar la Convención Americana y la Carta de la OEA. Además, en diciembre de 2023, el Estado peruano desacató a la Corte IDH al ordenar la liberación de Alberto Fujimori.
Ante esta grave crisis, hacemos un llamado a las autoridades en Perú, incluyendo al Congreso y al Poder Ejecutivo, a detener el trámite de esta propuesta legislativa. Es hora de que la comunidad internacional tome medidas contundentes ante el sostenido ataque a la democracia peruana. Asimismo, solicitamos a la comunidad internacional, especialmente a los Estados de la Organización de Estados Americanos, condenar esta iniciativa de ley debido a la grave afectación que generaría a la búsqueda de verdad, justicia y reparación en Perú. También instamos a convocar de manera inmediata una sesión del Consejo Permanente al Estado para que el Perú exponga su posición sobre este tema.
1. Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) abordados en el artículo:
- Objetivo 16: Paz, justicia e instituciones sólidas
- Objetivo 10: Reducción de las desigualdades
- Objetivo 5: Igualdad de género
2. Metas específicas de los ODS identificadas en el artículo:
- Meta 16.3: Promover el estado de derecho en todos los niveles y garantizar el acceso a la justicia para todos.
- Meta 10.2: Empoderar y promover la inclusión social, económica y política de todas las personas, independientemente de su edad, sexo, discapacidad, raza, etnia, origen, religión o situación económica u otra condición.
- Meta 5.2: Eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas en los ámbitos público y privado, incluidas la trata y la explotación sexual y otros tipos de explotación.
3. Indicadores de los ODS mencionados en el artículo:
- Indicador 16.3.1: Proporción de la población que tiene confianza en los sistemas judiciales nacionales.
- Indicador 10.2.1: Proporción de personas que viven por debajo del umbral nacional de pobreza, desagregadas por sexo, edad, discapacidad y ubicación geográfica.
- Indicador 5.2.1: Proporción de mujeres y niñas de 15 años y más que han experimentado violencia física, sexual o psicológica en los últimos 12 meses, desglosada por edad y relación con el perpetrador.
4. Tabla de ODS, metas e indicadores:
ODS | Metas | Indicadores |
---|---|---|
Objetivo 16: Paz, justicia e instituciones sólidas | Meta 16.3: Promover el estado de derecho en todos los niveles y garantizar el acceso a la justicia para todos. | Indicador 16.3.1: Proporción de la población que tiene confianza en los sistemas judiciales nacionales. |
Objetivo 10: Reducción de las desigualdades | Meta 10.2: Empoderar y promover la inclusión social, económica y política de todas las personas, independientemente de su edad, sexo, discapacidad, raza, etnia, origen, religión o situación económica u otra condición. | Indicador 10.2.1: Proporción de personas que viven por debajo del umbral nacional de pobreza, desagregadas por sexo, edad, discapacidad y ubicación geográfica. |
Objetivo 5: Igualdad de género | Meta 5.2: Eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas en los ámbitos público y privado, incluidas la trata y la explotación sexual y otros tipos de explotación. | Indicador 5.2.1: Proporción de mujeres y niñas de 15 años y más que han experimentado violencia física, sexual o psicológica en los últimos 12 meses, desglosada por edad y relación con el perpetrador. |
¡Atención! Este espléndido artículo nace de la fuente del conocimiento, moldeado por una maravillosa tecnología patentada de inteligencia artificial que profundizó en un vasto océano de datos, iluminando el camino hacia los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Recuerda que todos los derechos están reservados por SDG Investors LLC, lo que nos permite defender el progreso juntos.
Fuente: wola.org
Únete a nosotros en un viaje transformador en https://sdgtalks.ai/welcome, para contribuir activamente a un futuro mejor.