Informe sobre los abusos sexuales infantiles y la prescripción
Introducción
Dos leyes, la “ley Piazza” de 2011 y especialmente la “ley Kunath” de 2015, hicieron que el delito de abuso sexual infantil sea virtualmente imprescriptible. Sin embargo, las leyes penales no se aplican hacia el pasado, por lo que la mayoría de los jueces declaran prescriptos los abusos cometidos en décadas anteriores. Aunque algunos magistrados sostienen la imprescriptibilidad de estos delitos basándose en tratados internacionales, la falta de normas específicas sobre la prescripción genera dudas sobre su aplicación retroactiva.
Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)
- ODS 5: Igualdad de género
- ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas
Análisis
El delito de abuso sexual infantil es considerado un delito de instancia privada, lo que significa que la causa no se inicia por impulso fiscal, sino por la denuncia de la víctima. Sin embargo, al tratarse de un menor de edad legalmente incapaz, la víctima no puede ejercer el derecho a instar la acción penal hasta que cumpla la mayoría de edad. Por lo tanto, el plazo de prescripción, en los hechos previos a 2011, comienza a correr a partir de la mayoría de edad, suspendiendo así la prescripción.
Es importante destacar que la ley vigente previo al año 2011 establece que la prescripción de la acción penal se suspende hasta que la víctima adquiera plena capacidad jurídica para ejercer la facultad de instar la acción. Esta solución se impone para garantizar que la ley conceda un derecho que el beneficiario pueda ejercer.
Además, se reconoce que las víctimas de abuso sexual infantil pueden enfrentar impedimentos psicológicos para denunciar, como el intento de minimizar el hecho, la represión del recuerdo o el temor a no ser creídas. Por lo tanto, mientras las víctimas estén psíquicamente incapacitadas para decidir si instar o no la acción penal, el plazo de prescripción no puede comenzar a correr.
Conclusiones
En conclusión, los abusos sexuales cometidos contra Juan Pedro Aleart y sus hermanos no han prescripto, según los fundamentos jurídicos expuestos. Es necesario que los tribunales superiores compartan estos argumentos para garantizar la justicia que estas víctimas merecen.
1. Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) abordados en el artículo:
- Objetivo 5: Igualdad de género
- Objetivo 16: Paz, justicia e instituciones sólidas
2. Metas específicas de los ODS identificadas en el artículo:
- Meta 5.2: Eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas en los ámbitos público y privado
- Meta 16.2: Poner fin al maltrato, la explotación, la trata y todas las formas de violencia y tortura contra los niños
3. Indicadores de los ODS mencionados o implícitos en el artículo:
- Indicador 5.2.1: Proporción de mujeres y niñas víctimas de violencia física o sexual en los últimos 12 meses
- Indicador 16.2.1: Proporción de jóvenes (entre 18 y 29 años) que experimentaron violencia física o sexual en los últimos 12 meses
4. Tabla de ODS, metas e indicadores:
ODS | Metas | Indicadores |
---|---|---|
Objetivo 5: Igualdad de género | Meta 5.2: Eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas en los ámbitos público y privado | Indicador 5.2.1: Proporción de mujeres y niñas víctimas de violencia física o sexual en los últimos 12 meses |
Objetivo 16: Paz, justicia e instituciones sólidas | Meta 16.2: Poner fin al maltrato, la explotación, la trata y todas las formas de violencia y tortura contra los niños | Indicador 16.2.1: Proporción de jóvenes (entre 18 y 29 años) que experimentaron violencia física o sexual en los últimos 12 meses |
El artículo aborda temas relacionados con la violencia sexual infantil y la prescripción de los delitos. Estos temas están conectados con el Objetivo 5 de Igualdad de género, que busca eliminar todas las formas de violencia contra mujeres y niñas. Además, también se relaciona con el Objetivo 16 de Paz, justicia e instituciones sólidas, que busca poner fin al maltrato y la violencia contra los niños.
En cuanto a las metas específicas, el artículo destaca la importancia de eliminar la violencia sexual infantil y garantizar la justicia para las víctimas. Estas metas se corresponden con la Meta 5.2 de eliminar todas las formas de violencia contra mujeres y niñas, y la Meta 16.2 de poner fin al maltrato y la violencia contra los niños.
Por último, se mencionan los indicadores que podrían utilizarse para medir el progreso hacia estos objetivos y metas. El Indicador 5.2.1 de proporción de mujeres y niñas víctimas de violencia física o sexual en los últimos 12 meses es relevante para el Objetivo 5. El Indicador 16.2.1 de proporción de jóvenes que experimentaron violencia física o sexual en los últimos 12 meses es relevante para el Objetivo 16.
En resumen, el artículo aborda temas relacionados con la violencia sexual infantil y la prescripción de los delitos, que se conectan con los Objetivos de Desarrollo Sostenible 5 y 16. Las metas específicas identificadas son la eliminación de la violencia contra mujeres y niñas, y poner fin al maltrato y la violencia contra los niños. Los indicadores relevantes son la proporción de mujeres y niñas víctimas de violencia, y la proporción de jóvenes que experimentaron violencia física o sexual.
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Fuente: infobae.com
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